lunes, 20 de octubre de 2008

Dirección del Trabajo cumple: aplicó multa de $35 millones a la empresa por no modificar Reglamento Interno

Tal como señalamos con anterioridad, el Sindicato Líder Huechuraba consiguió que la I.C.T. de Santiago, Zonal Norte, declarara inconstitucional e ilegal el Reglamento Interno de la empresa (el mismo que está vigente en todas las razones sociales). Una vez notificada de la resolución, la empresa tenía un plazo de 30 días hábiles para eliminar los artículos impugnados pero, sin embargo, al parecer no tomó en serio al ente fiscalizador: no efectuó modificación alguna y sigue entregando el mismo Reglamento a todos los trabajadores nuevos que contrata.

Pero su contumacia le ha costado muy caro esta vez:
la semana pasada, la Inspección del Trabajo aplicó una multa de $35 millones de pesos, una cantidad muy alta, por lo que esperamos que la empresa reaccione y modifique de una vez su estatuto laboral, no sólo en el local de Huechuraba sino en todos los locales del país, y entregue uno que se adecúe a la Constitución y la Ley.

Agradecemos a la Inspección del Trabajo por su rigurosidad y apego a la Ley y hacemos un llamado a todos los trabajadores de D&S a no dejar de perseverar por el respeto de sus derechos: impugnar el Reglamento Interno, exigir el reembolso de los descuentos ilegales a las cajeras y denunciar los malos tratos y las decenas de prácticas antisindicales que sufrimos día a día pues, aunque otros sindicatos insistan, Líder no es el mejor lugar para trabajar; es lo que hay.

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lunes, 6 de octubre de 2008

Dirección del Trabajo declaró ilegal descuentos en comisiones de cajeras y ordena restituir dineros

El 25 de Agosto pasado, la Dirección del Trabajo emitió el Ordinario Nº 3596, por medio del cual declara ilegal la modificación de la base de cálculo de las comisiones de los cajeros que la empresa realizó en forma unilateral a partir de Abril de 2007 y ordena que la empresa debe restituir todos los dineros que ha descontado desde entonces hasta el día de hoy. Recordemos que hasta Abril de 2007 los cajeros percibían una comisión de 0,18% por cada millón de "ventas", en el cual se comprendían todos los pagos que los clientes efectuaran en caja. Sin embargo, a partir de entonces la empresa aumentó de 0,18% a 0,27% el pago de comisiones por cada millón de "ventas" que se efectuaran con la Tarjeta Presto, pero introdujo dos cambios adicionales que significaron un seria disminución en las remuneraciones de los cajeros, a saber:

1) El pago que un cliente realiza por lo adeudado a la tarjeta Presto dejó de ser considerado como “venta”, con lo cual el cajero no recibe el pago de comisión alguna por este concepto.

2) Los pagos de servicios (luz, agua, gas, etc.) que los clientes efectúan a través de las cajas de la empresa dejaron de ser considerados “ventas”, con lo cual tampoco se incluyen dentro del monto total de ventas respecto de las cuales los cajeros tienen derecho a comisión. A cambio de ello, la empresa comenzó a pagar un total de $10 por cada boleta pagada con efectivo o cheque y $15 por cada boleta pagada con tarjeta Presto, independientemente del monto de la cuenta y del número de pagos que se efectúen con una misma boleta.(!)

Hemos constatado que estos cambios han significado un serio daño patrimonial para miles de trabajadores, que han experimentado una baja en sus remuneraciones desde $30.000 a $100.000. Y pese a que ha sido multada lo largo de todo Chile, la empresa no ha cesado en esta infracción, razón por la cual los trabajadores deberemos exigir ante tribunales el reintegro de los dineros descontados ilegalmente, antes que transcurra el plazo de prescripción (que es de 2 años).

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