En el mes de Junio de 2007 impugnamos ante la Dirección Nacional del Trabajo una serie de disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que rige en todos los establecimientos “Líder”, por ser abiertamente ilegales e inconstitucionales. Gracias a lo anterior, con fecha 16 de octubre de 2007 la Inspección del Trabajo de Santiago Zonal Norte evacuó el ORD. Nº 1342 mediante el cual acogió la mayoría de nuestros planteamientos:
Agosto de 2008.
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- Declaró la inconstitucionalidad del Art. 51 porque atenta contra la libertad de expresión.
- Declaró la inconstitucionalidad del Art. 32 Nº 27 por la misma razón.
- Rechazó la impugnación del Art. 32 Nº 50 pero previniendo que “en caso alguno podrá interpretarse esta disposición… en el sentido que la responsabilidad de repeler una intromisión ilícita de terceros le queda a cualquier trabajador de la egresa, pues esta es una responsabilidad exclusiva del empleador y de quienes cumplen funciones específicas dentro de ella.”
- Acogió parcialmente la impugnación del Art. 31 Nº 15 declarando que “el empleador deberá eliminar toda referencia (a) a la prohibición que alude esta cláusula a un tiempo que supere la vigencia del contrato de trabajo.”
- Acogió impugnación del Art. 31 Nº 7 estableciendo que el empleador deberá “precisar a qué se refiere con estricta lealtad con la empresa.”
- Acogió parcialmente la impugnación del Art. 32 Nº 15 declarando que “el empleador deberá precisar que esta cláusula en modo alguno podrá significar una limitación al ejercicio de la Libertad Sindical.”
- Rechazó la impugnación del Art. 28 inciso tercero.
- Declaró la ilegalidad del Art. 31 N° 19 por cuanto éste sólo puede aplicarse a “trabajadores que tengan a su cargo la recaudación, custodia y administración de dinero, siempre que tal prohibición aparezca en sus respectivos contratos de trabajo, razón por la cual el empleador deberá modificar la cláusula en comento.”
¡Por un Reglamento Interno Digno de los Trabajadores!
Federación Nacional de Trabajadores Líder
FENATRALID
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Agosto de 2008.
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